Hacia la Democratización de la Justicia Pena y el Respeto de los
Derechos Humanos…
Por JOEL
FERNANDO RAMOS PARI
Ex
– Secretario General CRUA - TACNA
Comando Regional
Universitario Aprista de Tacna
Ex
– Sub Secretario General JAP – TACNA
Comando Regional de
la Juventud Aprista de Tacna
Ex
– Coordinador Regional del ARE – TACNA
Alianza
Revolucionaria Estudiantil – Tacna
En los últimos años los países Indoamericanos han visto la necesidad de
adecuarse al proceso de modernidad bajo un sistema de Estado de Derecho de
estándares internacionales en temas de política criminal. La Administración de
Justicia de estos tiempos busca no solo celeridad si no también el respeto a
las Garantías Individuales, los Derechos Humanos y un juicio contradictorio, en
igualdad de condiciones, oral y público.
La Reforma Procesal Penal como Política Pública de los Gobiernos
Latinoamericanos se ha tornado en un tema que compromete a los 3 Poderes del
Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) en busca de un Sistema Procesal
Penal que logre resolver los grandes problemas sociales que son similares en
todos los países de América Latina, tratando de que se logre mediante una reforma
que consagre principios rectores como la inmediación, imparcialidad, oralidad,
publicidad y eficiencia.
El Nuevo Modelo Procesal Penal le garantiza a los ciudadanos: celeridad
en el proceso, mayor transparencia, fortalecimiento de la seguridad pública,
racionalidad en las medidas privativas de libertad, garantiza el derecho de
defensa, asegura el trato digno con la presunción de inocencia, eficiencia,
agilidad en el control de la investigación.
Este sistema Acusatorio, Garantista y Adversarial ya está presente en
Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Paraguay, Chile, Perú entre otros,
pero en esta oportunidad trataremos la experiencia de 3 de estos países.
Este Sistema Acusatorio y adversarial reconoce etapas conducidas por
jueces claramente definidos:
Etapa de
investigación:
Juez de Investigación Preparatoria (Perú)
Juez de Control de Garantías (Colombia)
Juez de Garantías (chile).
Etapa de
Juzgamiento:
Juez Penal Unipersonal o Colegiado (Perú),
Juez de Conocimiento (Colombia)
Tribunal de Juicio Oral (Chile).
I.- Chile
La Reforma Procesal Penal Chilena iniciada por el Presidente Eduardo
Frei Ruiz-Tagle, buscó cambiar el antiguo sistema Inquisitivo regulado por el
Código de Procedimientos Penales de 1906 por un Nuevo Sistema Acusatorio, Adversarial
y más eficiente, creando de esta manera el Código Procesal Penal mediante la
Ley N° 19.696 del 12 de Octubre del 2000, el cual tenía entre sus principales
características las Salidas Alternativas y los Criterios de Oportunidad.
El proceso de implementación del Sistema Penal Chileno ha sido
catalogado como uno de los más importantes y exitosos en América Latina, lo que
se debe principalmente a 4 características del Proceso de implementación, tales
como Gradualidad en su marcha, carga inicial cero, financiamiento asegurado
(tanto recursos humanos como infraestructura), y la conformación de la Comisión
Nacional de Coordinación Interinstitucional.
1.- La Comisión Nacional de Coordinación de la Reforma Procesal Penal
Fue creada por el Congreso Nacional de Chile y está integrada por el
Ministro de Justicia de Chile quien la preside, el Presidente de la Corte
Suprema (Poder Judicial), el Fiscal Nacional del Ministerio Publico, el
Defensor Nacional de la Defensoría Penal Pública, un Ministro (juez) de la
Corte Suprema elegido por el pleno, el Presidente de los Colegios de Abogados,
el Sub Secretario de Justicia y un Secretario Ejecutivo elegido por el Grupo de
Trabajo.
2.- Gradualidad de su implementación
Chile está dividido en 13 regiones y considerando su cantidad
poblacional y territorial se acordó realizar la implementación gradualmente en
5 etapas:
1ro en las
Regiones IV Coquimbo y IX Araucanía
2do en las Regiones II Antofagasta, III Atacama y VII Maule
3ro en las Regiones I Tarapacá, XI Aysén y XII Magallanes
4to en las Regiones V Valparaíso, VI O’Higgins, VIII Biobío y X Los Lagos
5to en la Región Metropolitana de Santiago
2do en las Regiones II Antofagasta, III Atacama y VII Maule
3ro en las Regiones I Tarapacá, XI Aysén y XII Magallanes
4to en las Regiones V Valparaíso, VI O’Higgins, VIII Biobío y X Los Lagos
5to en la Región Metropolitana de Santiago
3.- Presupuesto para su implementación
La Reforma Procesal Penal como Política Publica por parte del Gobierno
del Presidente Ricardo Lagos significó un gran esfuerzo, reflejado en una
inversión para su implementación de aproximadamente 550 millones de Dólares
distribuidos en los tres pilares del sistema Chileno:
300 Millones de
Dólares para el Poder Judicial.
218 Millones de
Dólares para el Ministerio Publico.
50 Millones de
Dólares para la Defensoría Penal Pública.
La inversión del Estado Chileno en el sistema de Administración de
Justicia antes de la puesta en marcha de la Reforma Procesal Penal era de solo
0.9 % del Presupuesto Nacional, pero luego de la implementación ésta se ve
conformada por más del 2% del Presupuesto Total Chileno.
“El Nuevo
Sistema Procesal Penal tiene por objeto concretar los ideales de una justicia,
rápida, eficiente, transparente, imparcial, accesible y con respeto a los
Derechos Fundamentales de la Persona”.
DR. RICARDO LAGOS ESCOBAR - Presidente Constitucional de la República (Chile)
II.- Colombia
La Reforma Colombiana según importantes Juristas no es más, que la
Materialización del Derecho Penal Constitucionalizado, un proceso Adversarial
regulado por la Carta Magna Colombiana que mediante el Acto Legislativo N° 03
del 2002 modifica los Arts. 250 y 251 de la Constitución Política otorgando a
la Fiscalía General de la Nación la función de Ejercer la Acción Penal y la de
Investigar hechos que revistan las características de un posible Delito
(Facultades de Investigar y Acusar), y es gracias a esta modificatoria que se
ha establecido las Etapas del Proceso Penal en Colombia.
Es entonces en esta coyuntura que el 31 de Agosto del 2004 el Congreso
de la República otorga la LEY 906 DE 2004 creando el C.P.P. Colombiano.
1.- La Comisión Interinstitucional para la Implementación del Sistema
Acusatorio
Conformado por el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, el
Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, el
Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General
de la Nación, el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo.
2.- Periodos de Implementación
Primera Etapa: 1 de enero
de 2005 en los distritos judiciales de Armenia, Bogotá, Manizales y Pereira
Segunda Etapa: 1 de enero de 2006 en Bucaramanga, Buga, Cali, Medellín, San Gil, Santa Rosa de Viterbo y Tunja.
Tercera Etapa: 1 de enero de 2007 en Antioquia, Cundinamarca, Florencia, Ibagué, Neiva, Pasto, Popayán y Villavicencio.
Cuarta Etapa: 1 de enero de 2008 de Barranquilla, Cartagena, Cúcuta, Montería, Quibdó, Pamplona, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo y Valledupar.
Segunda Etapa: 1 de enero de 2006 en Bucaramanga, Buga, Cali, Medellín, San Gil, Santa Rosa de Viterbo y Tunja.
Tercera Etapa: 1 de enero de 2007 en Antioquia, Cundinamarca, Florencia, Ibagué, Neiva, Pasto, Popayán y Villavicencio.
Cuarta Etapa: 1 de enero de 2008 de Barranquilla, Cartagena, Cúcuta, Montería, Quibdó, Pamplona, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo y Valledupar.
3.- Inversión en su implementación
El Gobierno de Colombia bajo la dirección del Presidente Álvaro Uribe
Vélez ha realizado su plan de implementación gradual presupuestando una
inversión de $145.150 millones de pesos para atender las necesidades de
Capacitación, Infraestructura, Equipos Tecnológicos, entre otros; las cuales se
efectuaron escalonadamente en cada una de sus Etapas de implementación.
“La
Democracia es solamente perdurable, en la medida que haya una Justicia Eficaz,
Imparcial y Transparente”. DR. ÁLVARO
URIBE VÉLEZ - Presidente Constitucional de la República (Colombia)
III.- Perú
El país adecuándose a las modernas reformas latinoamericanas también
busco consolidar un sistema Acusatorio, Adversarial y Garantista, que este
acorde a los nuevos lineamientos en política criminal y es en estas
circunstancia que el 13 de marzo del 2003 con el Decreto Supremo N°
005-2003-JUS se conformo la Comisión de Alto Nivel encargada de crear el NCPP,
ya que el Perú necesitaba de un nuevo sistema que se desenvuelva en los valores
constitucionales, por los causes democráticos de respeto a los Derechos
Fundamentales, una legislación que se vea reflejada por su propia realidad
social, económica y política.
Es así que el 29 de julio del 2004 se publica Nuevo Código Procesal
Penal mediante el Decreto Legislativo 957, el cual entraría en vigencia
gradualmente a nivel nacional mediante un Plan de Implementación.
1.- La Comisión Especial de implementación del Código Procesal Penal
Esta comisión es la más Alta Autoridad en materia del proceso de
implementación del NCPP el cual está conformado según el Decreto Legislativo
957, Decreto Legislativo N° 958 y el Decreto Supremo N° 007-2007-JUS: por un
representante del Ministerio de Justicia (quien lo preside), un representante
del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del Poder judicial, un
representante del Ministerio Publico, un representante del Ministerio del
Interior y un Secretario Técnico nombrado por el Ministro de Justicia.
Existen también los Equipos Técnicos Institucionales en los órganos que
son actores de este proceso de implementación (Poder Judicial, Ministerio
Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Academia de la Magistratura)
y en cada Distrito Judicial las Comisiones Distritales de Implementación.
2.- Etapas de implementación
La implementación progresiva es dirigida por la Comisión Especial de
Implementación a solicitud y propuesta de los Distritos Judiciales, teniendo en
consideración criterios como ubicación estratégica, recursos humanos, aspectos
geográficos, índice delincuencial, etc.
Las etapas de implantación se han venido estableciendo y modificando en
varias oportunidades a través de los Decretos Supremos N° 013-2005-JUS,
007-2006-JUS, 005-2007-JUS, 016-2009-JUS, 016-2010-JUS y el 004-2011-JUS
2006 Distrito
Judicial de Huaura
2007 Distrito Judicial de La Libertad
2008 Distritos Judiciales de Tacna - Moquegua - Arequipa
2009 Distritos Judiciales de Tumbes - Piura – Lambayeque – Puno – Cusco –Madre de Dios – Ica – Cañete.
2010 Distritos Judiciales Cajamarca – Amazonas – San Martin
2012 Distritos Judiciales Santa - Pasco – Ancash – Huánuco - Loreto – Ucayali
2013 Distritos Judiciales Huancavelica – Apurímac – Ayacucho – Junín - Lima – Lima Norte - Lima Sur – Callao.
2007 Distrito Judicial de La Libertad
2008 Distritos Judiciales de Tacna - Moquegua - Arequipa
2009 Distritos Judiciales de Tumbes - Piura – Lambayeque – Puno – Cusco –Madre de Dios – Ica – Cañete.
2010 Distritos Judiciales Cajamarca – Amazonas – San Martin
2012 Distritos Judiciales Santa - Pasco – Ancash – Huánuco - Loreto – Ucayali
2013 Distritos Judiciales Huancavelica – Apurímac – Ayacucho – Junín - Lima – Lima Norte - Lima Sur – Callao.
La implementación se ha visto necesaria por su celeridad y por esta razón
el Congreso de la República creo la Ley N° 29574 la misma que dispone la
inmediata aplicación para los delitos cometidos por Funcionarios Públicos y su
modificatoria la Ley N° 29648 la cual señaló las siguientes fechas para su
vigencia:
• Distrito Judicial de Lima – 15 de enero del 2011
• Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima sur y Callao – 1 de abril del 2011
• En los demás Distritos Judiciales en los que el NCPP aun no ha entrado en vigencia – 1 de junio del 2011.
• Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima sur y Callao – 1 de abril del 2011
• En los demás Distritos Judiciales en los que el NCPP aun no ha entrado en vigencia – 1 de junio del 2011.
3.- Financiamiento de implementación
El Plan Piloto de Este nuevo Modelo realizado en el Distrito Judicial de
Huaura comenzó el 2006 con 3 millones 120 mil soles para el Poder Judicial y el
Ministerio Publico con 9 millones de soles, hasta el 2010 se había invertido ya
505 millones de nuevos soles en los distintos distritos judiciales del país y
para el 2011 la inversión se aumento en 154 millones más.
Para el proceso de implementación en el Distrito Judicial de Lima, el
cual entra en vigencia el NCPP en los casos de delitos cometidos por
Funcionario Públicos, se ha destinado un total de 41 millones 132 mil 48 soles.
“Nuestro
Poder Judicial tiene que enaltecerse en su imagen, tiene que fortalecerse en el
respeto que el pueblo tenga por sus jueces, porque eso le da credibilidad al
sistema racional y de paz que es la democracia” DR. ALAN GARCÍA PÉREZ - Presidente Constitucional de La Republica
(Perú).
IV.- Conclusiones
Hoy en día los Gobiernos de Latinoamérica apuestan por una Reforma
Procesal Penal concordándola con los lineamientos internacionales como la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de
Derechos Humanos y el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos y es
en ese sentido que se buscó un sistema que pueda dar mayor dinamismo y
celeridad en la atención de casos, mayor accesibilidad que permita la reducción
de la carga procesal, que otorgue salidas alternativas para los casos no
complejos, con mayor transparencia e independencia, un sistema que trate de
acabar con la burocracia inútil y lenta que solo ocasiona congestión,
promoviendo para ello la oralidad en vez de la escritura, un sistema que defina
claramente la separación de Roles y Funciones entre jueces (juzgar) y fiscales
(investigar y acusar).
América Latina cuenta con el respaldo político para poner en marcha ésta
Reforma y cuenta además con la gran expectativa de sus ciudadanos, para lograr
el cambio en la administración de justicia y de esta forma dar una respuesta
rápida a la delincuencia producto de los grandes problemas sociales que son
similares en todos los países del Continente (combatir el Crimen Organizado, el
Lavado de Activos, el Tráfico Ilícito de Drogas, la Corrupción), por ello
pretendemos ser un Sistema Procesal Penal Integrado, que por sobre todas las
cosas, cuente con la CONFIANZA DE LA SOCIEDAD...
Bibliografía
• Gerardo Barbosa Castillo: Principales Transformaciones del Derecho
Procesal Penal: Un Análisis Estructura, Rama Judicial, Primera Edición, marzo
del 2006 –Colombia
• Adriana Villegas Arango, El Juicio Oral en el Proceso Penal Acusatorio, Primera Edicion, Diciembre del 2008- Colombia
• Alberto Prieta Vera: Esquema del proceso penal acusatorio, 02 de agosto del 2004 - Colombia
• Fiscalía General de la Nación: Manual de Procedimientos de la Fiscalía en el sistema Colombiano, 2004 - Colombia
• Pedro Oriol Avella Franco: Estructura del Proceso Penal Acusatorio, 2007 - Colombia
• Fundación Paz Ciudadana: Anuario Estadístico Interinstitucional Reforma Procesal Penal, Julio 2004 – Chile.
• Antonio Bascuñan Rodríguez: Revista de los Estudios de la Justicia N° 4, 2004 -Chile.
• Ministerio de Justicia: Informe de los 100 días de la vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura, Perú
• Comisión Especial de Implementación: Plan de Trabajo de la Comisión especial de implementación del NCPP, junio 2007 - Perú.
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